jueves, 30 de junio de 2011

MAS DE LO MISMO

Hace apenas una semana que a través de mi último artículo publicado, mostraba mi intención de no volverme a reiterar en mis comentarios, respecto a todo lo concerniente con nuestra vigente legislación laboral, porqué estoy plenamente convencido, que desde todos los ámbitos ya se ha hecho llegar al Gobierno y de manera insistente, la necesidad de actuar con valentia y decisión en materia laboral y en consequència tampoco es conveniente excederse con continuas aportaciones, que no siempre sirven de ayuda sino todo lo contrario.

Esta era mi firme decisión, pero un comentario del Sr, Ministroi de Trabajo, en el curso de la reciente tramitacióndel proyecto de negociación colectiva, me causó mas que una sorpresa, un sobresalto, originado, tambien hay que decirlo,por el poco conocimiento y aplicación de todo lo que concierne a la letra pequeña de nuestro ordenamiento laboral.

Decia el Ministro, que a empresarios y obreros, les esta permitido hacer hasta un máximo creo recordar de ochenta horas extras anuales, a fin de flexibilizar la jornada en casos de necesidad.

Al efecto no pude resistir a la tentación de hacer cuatro números para asñí determinar la incidència que estas ochenta horas podian tener una vez traducidas a puestos de trabajio, el resultado así por encima nos dice que si toda la afiliación obrera h ace ochenta horas extras anuales, ello,puede representar el equivalente a seiscientos mil puestos de trabajo.

Mi ignoráncia en cuanto a la existéncia de la disposición mebncionada, probablemente haya redundado en el buen estado actual de mi salud, ya que a mi edad esta ya no está para demasiados sobresaltos.

No es  mi animo insistir, pero es evidente, que se trata de disposiciones antiguas a las que periodicamente y siempre cuando le vemos la piel al lobo, se han ido haciendo apaños puntuales, que no han hecho mas que dificultar, la aplicación de una legislación que contemple el mundo del trabajo, de acuerdo con el paso de los años.

En el reciente debate del Estado de la Nación hay que felicitar al Sr. Duran i  Lleida por su intervención, en la cual reclamaba hacer mas  atractivo el contrato fijo a tiempo parcial, yo añadiria que contratos fijos lo deberian ser todos, la contratación temporal, en su momento ya cumplió su función y en el presente momento ya deberia estar abolida, el impulso del contrato a tiempo parcial dfeberia ir acompañado de un reordenamiento en el sistema de horarios, y que las personas que optasen por este contrato pudiesen escojer en vistas a su jubilación los veibnticincio años de cotización efectuados que les fueran mas convenientes.

En definitiva, mas de lo mismo, lo siento.

Josep Mª Carbonell i Vilaró

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